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En autos caratulados “COLPROBA c/ P.E.N. s/ AMPARO (Ley 16.986)”, con relación a la demanda interpuesta oportunamente contra la aplicación ilegítima y arbitraria del Impuesto sobre los débitos y créditos bancarios de las cuentas institucionales que posee el Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires a su nombre, fue rechazado el recurso extraordinario federal interpuesto por el Estado Nacional, contra el pronunciamiento de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que ratificaba la medida cautelar otorgada y que ordenaba al Fisco abstenerse del cobro del Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios.
A fin de que la medida cautelar dictada se extienda a todas las cuentas afectadas a las transferencias de fondos vinculados a la distribución de la ley 8480, se ha solicitado a los Colegios Departamentales que reúnan los recaudos necesarios a los efectos de realizar la presentación adhiriendo a la demanda interpuesta por el COLPROBA.
Última actualización: Jueves 04.04.13 - 16:47 hs.