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Martes 30 de Octubre de 2012. Destrucción de las causas paralizadas anteriores al 2 de marzo de .2011 Se difunde la Resolución 2049 barra 12 dictada por la Suprema Corte de Justicia el 15 de agosto pasado. Por Resolución Nº 2049 barra 12 con fecha 15 de agosto de 2012, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dispuso que las Jefaturas de los Archivos Departamentales, los encargados del Programa de relevamiento, organización y destrucción de expedientes (PRODE) y los titulares de los órganos jurisdiccionales de los fueros civil y comercial, laboral, familia y contencioso administrativo, procedan a instrumentar la destrucción de las causas paralizadas anteriores al 2 de marzo de 2011 (fecha límite impuesta para su remisión a los Archivos por el Ac. 3397-ver artículo 232 último párrafo-), que no fueran activadas por las partes durante más de dos años desde la fecha de la última petición, resolución o diligencia, en función de lo dispuesto por el artículo 233 del Acuerdo .3397 .

Destrucción de las causas paralizadas anteriores al 2 de marzo de 2011

General
Se difunde la Resolución 2049/12 dictada por la Suprema Corte de Justicia el 15 de agosto pasado.

Por Resolución Nº 2049/12 con fecha 15 de agosto de 2012, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dispuso que las Jefaturas de los Archivos Departamentales, los encargados del Programa de relevamiento, organización y destrucción de expedientes (PRODE) y los titulares de los órganos jurisdiccionales de los fueros civil y comercial, laboral, familia y contencioso administrativo, procedan a instrumentar la destrucción de las causas paralizadas anteriores al 2 de marzo de 2011 (fecha límite impuesta para su remisión a los Archivos por el Ac. 3397-ver art. 232 último párrafo-), que no fueran activadas por las partes durante más de dos años desde la fecha de la última petición, resolución o diligencia, en función de lo dispuesto por el art. 233 del Acuerdo 3397.


Última actualización: Miércoles 28.11.12 - 12:50 hs.