Logo Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul

Av. Perón 514 (B7300ILH) Azul, Pcia. de Bs. As.
(02281) 424516 / 424447 / 427705
secretaria@colegioabogadosazul.org.ar

Martes 11 de Febrero de 2025. Cronograma de reemplazo de la firma electrónica por firma digital. A través de la Resolución Nº 1682 barra 24, la SCBA aprobó el cronograma de implementación para el reemplazo de las firmas electrónicas por certificados de firma digital de aquellos operadores externos que interactúan en el ámbito de la Administración de Justicia. Se contempla en la diagramacion, lo establecido en los siguientes párrafos. - A partir del 1º de agosto de 2024, la reducción de la vigencia de los certificados de firma electrónica de 2 años a 3 meses. En el caso de renovaciones de certificados vigentes, a partir de la fecha indicada, la aprobación de la emisión de aquellos se realizará en forma automática por un período de 3 meses. - Desde el 1º de noviembre del 2024, la aprobación de la renovación del certificado de firma electrónica se llevará a cabo a través de un mecanismo manual ante las oficinas de registro, el que requerirá la presencia física del interesado en las respectivas dependencias y tendrá vigencia de 3 meses. - A partir del 1º de marzo 2025, quedará deshabilitada la posibilidad de renovar certificados de firma electrónica, por lo que la obtención de los mismos se realizará mediante firma digital emitidos por la AC-ONTI. - Encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Informática que el 1º de agosto del 2026 adopte las acciones necesarias para asegurar la correcta verificación de los documentos con firma electrónica existentes en el sistema y el posterior apagado de la infraestructura de firma electrónica.

Cronograma de reemplazo de la firma electrónica por firma digital

General

A través de la Resolución Nº 1682/24, la SCBA aprobó el cronograma de implementación para el reemplazo de las firmas electrónicas por certificados de firma digital de aquellos operadores externos que interactúan en el ámbito de la Administración de Justicia. Se contempla en la diagramacion, lo establecido en los siguientes párrafos.


- A partir del 1º de agosto de 2024, la reducción de la vigencia de los certificados de firma electrónica de 2 años a 3 meses. En el caso de renovaciones de certificados vigentes, a partir de la fecha indicada, la aprobación de la emisión de aquellos se realizará en forma automática por un período de 3 meses.

- Desde el 1º de noviembre del 2024, la aprobación de la renovación del certificado de firma electrónica se llevará a cabo a través de un mecanismo manual ante las oficinas de registro, el que requerirá la presencia física del interesado en las respectivas dependencias y tendrá vigencia de 3 meses.

- A partir del 1º de marzo 2025, quedará deshabilitada la posibilidad de renovar certificados de firma electrónica, por lo que la obtención de los mismos se realizará mediante firma digital emitidos por la AC-ONTI.

- Encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Informática que el 1º de agosto del 2026 adopte las acciones necesarias para asegurar la correcta verificación de los documentos con firma electrónica existentes en el sistema y el posterior apagado de la infraestructura de firma electrónica.


Última actualización: Martes 11.02.25 - 10:17 hs.