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Sábado 2 de Junio de 2012. Centro de Mediación: formularios para servicio de mediación voluntaria y convocatoria a inscripción. . El Centro de Mediación del Colegio de Abogados de Azul informa que se encuentran disponibles los formularios para quienes deseen utilizar el servicio de mediación voluntaria. A su vez, el Centro de Mediación por este medio convoColegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul los mediadores que deseen formar parte de la nómina de Mediadores de este Centro. Se hace saber asimismo que las causas serán sorteadas entre los mediadores que se encuentren inscriptos, dejando a salvo que una vez que un mediador recibe una causa para tramitar, no podrá volver a integrar la nómina de sorteos, hasta tanto no hayan recibido causa todos los mediadores, garantizando así la igualdad de oportunidades entre todos los inscriptos. Una vez concluida la etapa de inscripción, se convocará a reunión informativa a fin de delimitar líneas de trabajo (escala honorarios; gastos; aranceles; formularios; etc). REQUISITOS: ARTICULO 7º REGLAMENTO CENTRO: Son requisitos para ser incorporados y permanecer en el Registro de mediadores: -estar matriculado como abogado en este Colegio y no encontrarse afectado por causales de exclusión y/o incompatibilidad de acuerdo con lo establecido por la Ley 5177 y la Ley .13951 -acreditar una antigüedad en el ejercicio de la profesión de abogado de tres (.3 años. -constituir domicilio en el Departamento Judicial de AZUL: -informar dirección de la oficina, teléfono y mail-encontrarse habilitado como mediador e inscripto en el Registro del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. -cumplir con lo establecido en el presente reglamento y con toda otra disposición que el Centro determine. -acreditar los cursos de capacitación y/o actualización anual requeridos por el Ministerio de Justicia y Seguridad. - Cumplir con las normas de ética del abogado y todas las normas de ética específicas que se dicten, en el orden provincial, o en la órbita de los colegios de abogados. -no haber sido excluido del Registro de Mediadores de otro Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires por violación de las normas previstas en este artículo.

Centro de Mediación: formularios para servicio de mediación voluntaria y convocatoria a inscripción


El Centro de Mediación del Colegio de Abogados de Azul informa que se encuentran disponibles los formularios para quienes deseen utilizar el servicio de mediación voluntaria.
A su vez, el Centro de Mediación por este medio convoca a los mediadores que deseen formar parte de la nómina de Mediadores de este Centro.
Se hace saber asimismo que las causas serán sorteadas entre los mediadores que se encuentren inscriptos, dejando a salvo que una vez que un mediador recibe una causa para tramitar, no podrá volver a integrar la nómina de sorteos, hasta tanto no hayan recibido causa todos los mediadores, garantizando así la igualdad de oportunidades entre todos los inscriptos. Una vez concluida la etapa de inscripción, se convocará a reunión informativa a fin de delimitar líneas de trabajo (escala honorarios; gastos; aranceles; formularios; etc).
REQUISITOS: ARTICULO 7º REGLAMENTO CENTRO: Son requisitos para ser incorporados y permanecer en el Registro de mediadores: -estar matriculado como abogado en este Colegio y no encontrarse afectado por causales de exclusión y/o incompatibilidad de acuerdo con lo establecido por la Ley 5177 y la Ley 13951. -acreditar una antigüedad en el ejercicio de la profesión de abogado de tres (3) años. -constituir domicilio en el Departamento Judicial de AZUL: -informar dirección de la oficina, teléfono y mail-encontrarse habilitado como mediador e inscripto en el Registro del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. -cumplir con lo establecido en el presente reglamento y con toda otra disposición que el Centro determine. -acreditar los cursos de capacitación y/o actualización anual requeridos por el Ministerio de Justicia y Seguridad. - Cumplir con las normas de ética del abogado y todas las normas de ética específicas que se dicten, en el orden provincial, o en la órbita de los colegios de abogados. -no haber sido excluido del Registro de Mediadores de otro Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires por violación de las normas previstas en este artículo.


Última actualización: Jueves 05.07.12 - 13:03 hs.