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Viernes 9 de Junio de 2023. Destrucción de expedientes en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial número 1 de Olavarría. El 8 de septiembre se procederá a la destrucción de 873 expedientes iniciados entre los años 1994 y 2012 con plazos de guarda vencidos autorizado por Resolución SCBA (Expte. número 3001-30534-.2022 . El material ya ha sido revisado por el Departamento Histórico Judicial de la Suprema Corte conforme arts. 116, 118 del Ac. 3397 y Ac. 1934 El listado de causas a destruir se encuentra a disposición en archivo adjunto. Quienes se encuentren en los expedientes cuya destrucción haya sido autorizada, los organismos y entidades individualizadas y toda otra organización no gubernamental o asociación sin fines de lucro que demuestre interés suficiente, podrán presentarse (por escrito) ante la Dirección General, dentro de los veinte días corridos desde la publicación o desde la recepción del oficio (según fuere el caso) a que se refiere el artículo .119 Asimismo, conforme lo prescribe la Resolución SCBA 2673 barra 14 podrá convocar a otras entidades de defensa de los derechos humanos que a su entender, pudieran tener interés en el resguardo del material a ser destruido.

Destrucción de expedientes en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 1 de Olavarría

General

El 8 de septiembre se procederá a la destrucción de 873 expedientes iniciados entre los años 1994 y 2012 con plazos de guarda vencidos autorizado por Resolución SCBA (Expte. Nro. 3001-30534-2022). El material ya ha sido revisado por el Departamento Histórico Judicial de la Suprema Corte conforme arts. 116, 118 del Ac. 3397 y Ac. 1934. El listado de causas a destruir se encuentra a disposición en archivo adjunto.


Quienes se encuentren en los expedientes cuya destrucción haya sido autorizada, los organismos y entidades individualizadas y toda otra organización no gubernamental o asociación sin fines de lucro que demuestre interés suficiente, podrán presentarse (por escrito) ante la Dirección General, dentro de los veinte días corridos desde la publicación o desde la recepción del oficio (según fuere el caso) a que se refiere el artículo 119.

Asimismo, conforme lo prescribe la Resolución SCBA 2673/14 podrá convocar a otras entidades de defensa de los derechos humanos que a su entender, pudieran tener interés en el resguardo del material a ser destruido.


Última actualización: Domingo 11.06.23 - 13:16 hs.