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Lunes 26 de Diciembre de 2022. Novedades sobre el valor de la matrícula .2023 De acuerdo a lo dispuesto oportunamente por el Consejo Superior de COLPROBA en la reunión llevada a cabo el pasado 15 de diciembre, se establecieron cambios en la forma en que se liquidará, a partir del año próximo, la matrícula anual de los Colegios de Abogados Departamentales de la Provincia de Buenos Aires. El valor de la matrícula anual 2023 se calculará en base al 100% de 8 Jus arancelarios -según Ley .14 967-, al momento del efectivo pago. Asimismo, se definió que el pago íntegro de la matrícula vencerá el 31 de marzo de .2023 Sin embargo, los profesionales de la abogacía podrán realizar el mismo en cuatro (.4 cuotas iguales, con vencimientos en las siguientes fechas: 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 30 de noviembre respectivamente.   Cabe destacar que en los casos de mora, la deuda se tornará exigible a partir del 1º de enero del año siguiente y se deberá abonar, además del saldo impago, un interés del ocho por ciento (8%) anual, desde el 31 de marzo de 2023, fecha vencimiento de la matrícula. A continuación se adjunta la Circular N° 7192 del Consejo Superior para su descarga.

Novedades sobre el valor de la matrícula 2023

General

De acuerdo a lo dispuesto oportunamente por el Consejo Superior de COLPROBA en la reunión llevada a cabo el pasado 15 de diciembre, se establecieron cambios en la forma en que se liquidará, a partir del año próximo, la matrícula anual de los Colegios de Abogados Departamentales de la Provincia de Buenos Aires


El valor de la matrícula anual 2023 se calculará en base al 100% de 8 Jus arancelarios -según Ley 14.967-, al momento del efectivo pago.

Asimismo, se definió que el pago íntegro de la matrícula vencerá el 31 de marzo de 2023. Sin embargo, los profesionales de la abogacía podrán realizar el mismo en cuatro (4) cuotas iguales, con vencimientos en las siguientes fechas: 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 30 de noviembre respectivamente. 

Cabe destacar que en los casos de mora, la deuda se tornará exigible a partir del 1º de enero del año siguiente y se deberá abonar, además del saldo impago, un interés del ocho por ciento (8%) anual, desde el 31 de marzo de 2023, fecha vencimiento de la matrícula.

A continuación se adjunta la Circular N° 7192 del Consejo Superior para su descarga


Última actualización: Lunes 26.12.22 - 21:49 hs.