Av. Perón 514 (B7300ILH) Azul, Pcia. de Bs. As.
(02281) 424516 / 424447 / 427705
secretaria@colegioabogadosazul.org.ar
Con fecha 16 de abril de 2020, la Sala II de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y comercial de Azul dictó sentencia en la causa "Arbildi, Carlos Alberto c/ Cortavarría, Federico José s/ Cobro Ejecutivo” (causa n° 65.177) en materia de Consumo, relación de consumo, empleado público.
Puede acceder al fallo completo, utilizando el siguiente link:
http://jurisprudencia.
Resumen:
No encuentro en estas actuaciones indicios que permitan presumir la existencia de una relación de consumo, con lo cual considero que el pagaré de fs. 5 se encuentra regido por las normas del Decr.-Ley 5965/63. Por lo tanto, los agravios referidos a la incompetencia del Juez y la inhabilidad del título fundados en el art. 36 de la Ley del Consumidor no pueden tener acogida desde que no resulta aplicable al presente el régimen protectorio (esta Sala causas nros. 56.711, del 12/3/13 “Gutiérrez…”, 56780 del 13/03/13 “Comunicaciones Salgú SRL…”, entre otras)…Asimismo, reitero, de la mera calidad de empleado público no puede deducirse sin más que participa en calidad de consumidor en todas las operaciones que celebra (arts. 1, 2, 3, 4, 36, 37, 65 ss. y cdtes. de la LDC, art. 1092 ss. y cdtes. del Cód. Civ. y Com., doct. y jurisp. cit.).
Última actualización: Viernes 29.05.20 - 16:33 hs.