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Viernes 31 de Mayo de 2019. NUEVO VALOR DEL BONO LEY .8480 Con motivo del nuevo valor del jus arancelario fijado en .1 471 pesos (SCJBA – Acuerdo Nº 3938, del 29 barra 5/.2019 , y atento a lo resuelto oportunamente por el Consejo Superior de Colproba, con fecha 21 de marzo del corriente año (resolución nº 045 barra .19 se establecen los siguientes importes para los bonos ley 8480, a partir del martes 4 de junio de 2019: BONO VERDE    $  .585 - BONO AZUL       $  .292 -. La resolución 045 barra 19 del Consejo Superior de COLPROBA, que en su parte dispositiva establece:     ". . . . . .RESUELVE: 1º) Establecer la fijación del bono de derecho fijo de la ley 8480 tomando como referencia el valor del jus arancelario de la Ley .14 .967 2º) Determinar para el año 2019, y a partir del 1 de abril próximo, que el valor del bono de derecho fijo que establece el artículo 3º de la ley 8480 (bono verde) será de un 40% del valor del jus arancelario al momento de su efectivo pago. Reducir dicho valor en un 50%  para cada exhorto proveniente de extraña jurisdicción que se presente ante los Tribunales de la Provincia o los que deban tramitarse ante la Justicia de Paz Letrada. En ambos supuestos, cuando la aplicación del mecanismo arroje un importe que incluya centavos, se resuelve aplicar el redondeo hasta el monto inferior en pesos. . . ".

NUEVO VALOR DEL BONO LEY 8480

General

Con motivo del nuevo valor del jus arancelario fijado en $1.471 (SCJBA – Acuerdo Nº 3938, del 29/5/2019), y atento a lo resuelto oportunamente por el Consejo Superior de Colproba, con fecha 21 de marzo del corriente año (resolución nº 045/19) se establecen los siguientes importes para los bonos ley 8480, a partir del martes 4 de junio de 2019:

BONO VERDE    $  585.-

BONO AZUL       $  292.-


La resolución 045/19 del Consejo Superior de COLPROBA, que en su parte dispositiva establece:
 
 
"...........RESUELVE:

1º) Establecer la fijación del bono de derecho fijo de la ley 8480 tomando como referencia el valor del jus arancelario de la Ley 14.967.

2º) Determinar para el año 2019, y a partir del 1 de abril próximo, que el valor del bono de derecho fijo que establece el artículo 3º de la ley 8480 (bono verde) será de un 40% del valor del jus arancelario al momento de su efectivo pago. Reducir dicho valor en un 50%  para cada exhorto proveniente de extraña jurisdicción que se presente ante los Tribunales de la Provincia o los que deban tramitarse ante la Justicia de Paz Letrada. En ambos supuestos, cuando la aplicación del mecanismo arroje un importe que incluya centavos, se resuelve aplicar el redondeo hasta el monto inferior en pesos......".


Última actualización: Viernes 31.05.19 - 16:07 hs.