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Los Jueces no pueden ser juzgados por el contenido de sus sentencias (art. 14 inc. b de la ley 24397, t.o. ley 26080).
La resolución de los jueces Enrique Arias Gibert y Graciela Marino, ordenando la aplicación de un acuerdo salarial suscripto libremente por las partes, se funda en el derecho vigente y en la prohibición de injerencia del Ministerio de Trabajo en la negociación colectiva.
Esta actitud del Poder Ejecutivo encierra una conducta absolutamente anti republicana.
Por ello, solicitamos el inmediato rechazo de estas acusaciones, que comprometen la esencial garantía de independencia judicial y constituyen un peligroso antecedente para que cualquier juez sea sometido a juicio político por el contenido de sus sentencias.
Última actualización: Martes 21.08.18 - 17:49 hs.