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Jueves 25 de Abril de 2013. RECOMENDACIONES del CENTRO DE MEDIACIÓN: notificaciones y distancias. . CEDULAS A DILIGENCIAR POR OFICINA DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES Se recuerdan los términos de la RC 2513 barra 12 de la SCBA, respecto del tema aludido: (el resaltado es propio)Artículo 4: No rige respecto de las cédulas comprendidas en este reglamento el carácter urgente y la habilitación de días y horas inhábiles para su diligenciamiento. Por tanto no es aplicable a la tramitación de dichas diligencias el servicio de guardia previsto en el artículo 161 del Acuerdo .3397 Artículo 7: A los fines de la notificación de una audiencia en un procedimiento de mediación el domicilio donde debe diligenciarse revestirá carácter de denunciado (artículo 9 in fine Decreto N° 2530 barra .10 , debiendo observarse a sus efectos las prescripciones de los artículos 175, .176 179, 180 inciso a) y d), 181, 183, 184, 185, 186 del Acuerdo .3397 Artículo 8: En caso que el mediador libre la cédula bajo responsabilidad de la parte interesada (artículo 9 in fine Decreto 2530 barra .10 , será de aplicación el artículo 189 del Acuerdo .3397  RESPECTO DE LAS DISTANCIAS de las localidades, recordamos también la vigencia de la RES. 966 barra 1980 (PLAZOS LEGALES – AMPLIACION), en relación a la COMPARECENCIA PERSONAL DE LAS PARTES. -Desde Azul a:BOLIVAR: 149 KMGRAL. ALVEAR: 108 KMGRAL. LAMADRID: 153 KMJUAREZ: 111KMLAPRIDA: 151 KMLAS FLORES: 113 KMOLAVARRÍA: 51 KMRAUCH: 77 KM (POR RUTA .60 169 KM (POR TANDIL)TANDIL: 107 KMTAPALQUE: 53 KM Atentamente, Dra. María José GonzalezDirectora Centro de Mediación Azul.

RECOMENDACIONES del CENTRO DE MEDIACIÓN: notificaciones y distancias


CEDULAS A DILIGENCIAR POR OFICINA DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES

Se recuerdan los términos de la RC 2513/12 de la SCBA, respecto del tema aludido: (el resaltado es propio)

Artículo 4: No rige respecto de las cédulas comprendidas en este reglamento el carácter urgente y la habilitación de días y horas inhábiles para su diligenciamiento. Por tanto no es aplicable a la tramitación de dichas diligencias el servicio de guardia previsto en el artículo 161 del Acuerdo 3397.

Artículo 7: A los fines de la notificación de una audiencia en un procedimiento de mediación el domicilio donde debe diligenciarse revestirá carácter de denunciado (art. 9 in fine Decreto N° 2530/10), debiendo observarse a sus efectos las prescripciones de los artículos 175, 176. 179, 180 inciso a) y d), 181, 183, 184, 185, 186 del Acuerdo 3397.

Artículo 8: En caso que el mediador libre la cédula bajo responsabilidad de la parte interesada (art. 9 in fine Decreto 2530/10), será de aplicación el artículo 189 del Acuerdo 3397.

 

RESPECTO DE LAS DISTANCIAS de las localidades, recordamos también la vigencia de la RES. 966/1980 (PLAZOS LEGALES – AMPLIACION), en relación a la COMPARECENCIA PERSONAL DE LAS PARTES.-

Desde Azul a:

BOLIVAR: 149 KM

GRAL. ALVEAR: 108 KM

GRAL. LAMADRID: 153 KM

JUAREZ: 111KM

LAPRIDA: 151 KM

LAS FLORES: 113 KM

OLAVARRÍA: 51 KM

RAUCH: 77 KM (POR RUTA 60) 169 KM (POR TANDIL)

TANDIL: 107 KM

TAPALQUE: 53 KM

 

Atentamente,

Dra. María José Gonzalez

Directora

Centro de Mediación Azul


Última actualización: Miércoles 15.05.13 - 10:28 hs.