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Miércoles 17 de Abril de 2013. Acceso a la Mesa virtual del Fuero de Familia Olavarría. Se recomienda leer el instructivo y comenzar a utilizar el servicio con moderación para no saturar el sistema. La Asociación de Abogados de Olavarría comunica que ya se puede acceder a la mesa virtual del Fuero de Familia, y recomienda leer el instructivo y comenzar a utilizar el servicio con moderación para no saturar el sistema:INSTRUCCIONES PARA ACCEDER A ESTE SERVICIO Sr. Usuario: Para acceder a causas del Fuero de Familia deberá pedir autorización en el Juzgado de Familia correspondiente. Para ello, una vez ya registrado como usuario, en la opción Planilla Familia deberá completar y presentar dicho formulario en el Juzgado de Familia en cuestión. De esta forma, quedará debidamente autorizado para hacer consultas en el sistema. Cumplido el trámite y dentro de las 72 horas hábiles posteriores dispondrá de la/s causas disponibles para su consulta. Al ingresar al sistema, los usuarios ya registrados deben seleccionar: "Fuero de Familia de su Departamento Judicial", en la opción: "Registrado en". Los datos ofrecidos por esta aplicación son tomados en línea desde una copia emanada del juzgado sobre el cual se realiza la consulta tratándose de información de carácter referencial. Para efectuar preguntas o comentarios al respecto, contáctese con mev@scba.gov.ar-PARA PODER PRESENTAR LA SOLICITUD, EL EXPTE. DEBE ENCONTRARSE EN LETRA. -PARA UNA MEJOR ORGANIZACION SE SOLICITA COLABORACION EN EL SENTIDO DE PRESENTAR CINCO PEDIDOS DE HABILITACION POR ABOGADO POR DIA.  .

Acceso a la Mesa virtual del Fuero de Familia Olavarría

General
Se recomienda leer el instructivo y comenzar a utilizar el servicio con moderación para no saturar el sistema.

La Asociación de Abogados de Olavarría comunica que ya se puede acceder a la mesa virtual del Fuero de Familia, y recomienda leer el instructivo y comenzar a utilizar el servicio con moderación para no saturar el sistema:

INSTRUCCIONES PARA ACCEDER A ESTE SERVICIO
Sr. Usuario:
Para acceder a causas del Fuero de Familia deberá pedir autorización en el Juzgado de Familia correspondiente. Para ello, una vez ya registrado como usuario, en la opción Planilla Familia deberá completar y presentar dicho formulario en el Juzgado de Familia en cuestión.
De esta forma, quedará debidamente autorizado para hacer consultas en el sistema.
Cumplido el trámite y dentro de las 72 hs. hábiles posteriores dispondrá de la/s causas disponibles para su consulta.
Al ingresar al sistema, los usuarios ya registrados deben seleccionar: "Fuero de Familia de su Departamento Judicial", en la opción: "Registrado en". Los datos ofrecidos por esta aplicación son tomados en línea desde una copia emanada del juzgado sobre el cual se realiza la consulta tratándose de información de carácter referencial. Para efectuar preguntas o comentarios al respecto, contáctese con mev@scba.gov.ar

-PARA PODER PRESENTAR LA SOLICITUD, EL EXPTE. DEBE ENCONTRARSE EN LETRA.

-PARA UNA MEJOR ORGANIZACION SE SOLICITA COLABORACION EN EL SENTIDO DE PRESENTAR CINCO PEDIDOS DE HABILITACION POR ABOGADO POR DIA. 


Última actualización: Martes 07.05.13 - 13:03 hs.