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Viernes 31 de Agosto de 2012. La mediación prejudicial: un proceso que busca "componer" y "solucionar". . Se trata de una instancia previa al juicio y desde hace poco más de dos meses se puso en práctica en territorio bonaerense, de la mano de los abogados especializados en Mediación. Olavarría cuenta con los primeros 20 profesionales en esta materia. La abogada María José González cuenta en qué consiste. "La mediación es para la gente", define la abogada María José González, especializada en Mediación y directora del Centro de Mediación del Colegio de Abogados de Azul (Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul); además de miembro del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Azul y delegada del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul ante la Comisión de Mediación del Colegio de Abogados de Provincia. El Sistema de Mediación Prejudicial obligatoria entró en vigencia en la provincia de Buenos Aires el 14 de mayo de este año a través de la Ley .13 .951 B. O. 10 barra 02/2009 y decreto 2530 barra .10 Y Olavarría cuenta ya con su primera camada de especialistas, unos 20 en total y unos .2 000 cumplen la función en territorio provincial. Se trata de una instancia previa al juicio contradictorio que busca "componer" y "solucionar". En palabras de María José González, "la mediación se lleva a cabo, justamente, para que las partes se den la oportunidad de conversar acerca del motivo del juicio". En este sentido, la profesional explica que "se da en un espacio más descontracturado y neutral, toda vez que el Mediador no fue elegido por ninguna de las partes, sino que fue sorteado para la causa, por la Oficina de Receptoría". Aunque ya desde hace años que esta función está en manos de algunos escribanos, lo que se hizo ahora fue "reglamentarla e instalarla", pero a cargo de los abogados que se forman intensivamente para desarrollar este rol. La directora del Centro de Mediación cuenta que "la función no estaba instaurada y de hecho a nosotros, los primeros mediadores, nos tocó instalar este sistema ante nuestros colegas", una tarea en la que todavía hay que seguir trabajando. "Lo que sucede es que el abogado está formado para juicios, no para delimitar cuál es el objeto de su reclamo, por ejemplo, frente a su propio cliente", expone María José González. Y dice: "no es lo mismo mandar una carta documento que decir las cosas en la cara. Eso es lo novedoso de este sistema de mediación prejudicial. Y, como toda novedad, genera reticencias". Pacificar, de eso se trata¿Si la mediación resulta, en la práctica, una buena instancia? Las estadísticas hablan por sí solas. "Los juzgados están colapsados de causas y pronto se probará que este mecanismo funciona. Las estadísticas nacionales (de acuerdo al Informe N° 78 del ex Ministro Aníbal Fernández), dan cuenta que el 40% de las causas comprometidas en Mediación no llegan a juicio", argumenta la abogada. Y en territorio provincial las cifras muestran entre un 22 y un 30% de éxito, teniendo en cuenta que la actividad se instauró apenas hace poco más de dos meses. "La mediación es un proceso flexible, tiende a pacificar", señala con entusiasmo la delegada ante la Comisión de Mediación del Colegio de Abogados de Provincia. El rol del Mediador "es ser un facilitador de la comunicación entre las partes en conflicto, por eso decimos que la Mediación es una negociación asistida por un tercero neutral e imparcial", explica. Esta instancia, "si bien de carácter obligatoria en algunas materias (básicamente en las de contenido patrimonial del fuero civil y comercial), se caracteriza por requerir la concurrencia de las personas en este proceso, ya que sólo en excepciones previstas por ley puede hacerlo mediante apoderado". El proceso es asimismo voluntario (lo obligatorio es la concurrencia a la primera reunión) y confidencial (dentro y hacia afuera del proceso). "La regla es la autocomposición de las partes. Esto es, que por la asistencia letrada obligatoria y el desempeño del Mediador, las partes puedan arribar a una justa solución a su problema o conflicto". Se busca "construir soluciones, a diferencia de lo que sucede en el proceso judicial, donde la misma es impuesta por la sentencia, y donde todo lo que una de las partes gana, la otra lo pierde", define la profesional. Y expone que "en una mediación existe una propuesta de solución 'ganador-ganador', que puede ser elaborada por las propias partes en conflicto, lo cual es superador". Por eso, para María José González "debe considerarse a la mediación como "una oportunidad". El mediador debe ser "creativo", define. Y explica que "cuando mejor predispuesto se está para trabajar, se pueden destrabar cuestiones que parecen imposibles". Fuente: Edición del 29 de agosto de 2012, Diario El Popular.

La mediación prejudicial: un proceso que busca "componer" y "solucionar"


Se trata de una instancia previa al juicio y desde hace poco más de dos meses se puso en práctica en territorio bonaerense, de la mano de los abogados especializados en Mediación. Olavarría cuenta con los primeros 20 profesionales en esta materia. La abogada María José González cuenta en qué consiste.

"La mediación es para la gente", define la abogada María José González, especializada en Mediación y directora del Centro de Mediación del Colegio de Abogados de Azul (C.A.A); además de miembro del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Azul y delegada del C.A.A. ante la Comisión de Mediación del Colegio de Abogados de Provincia.

El Sistema de Mediación Prejudicial obligatoria entró en vigencia en la provincia de Buenos Aires el 14 de mayo de este año a través de la Ley 13.951. B.O. 10/02/2009 y decreto 2530/10. Y Olavarría cuenta ya con su primera camada de especialistas, unos 20 en total y unos 2.000 cumplen la función en territorio provincial.

Se trata de una instancia previa al juicio contradictorio que busca "componer" y "solucionar". En palabras de María José González, "la mediación se lleva a cabo, justamente, para que las partes se den la oportunidad de conversar acerca del motivo del juicio".

En este sentido, la profesional explica que "se da en un espacio más descontracturado y neutral, toda vez que el Mediador no fue elegido por ninguna de las partes, sino que fue sorteado para la causa, por la Oficina de Receptoría".

Aunque ya desde hace años que esta función está en manos de algunos escribanos, lo que se hizo ahora fue "reglamentarla e instalarla", pero a cargo de los abogados que se forman intensivamente para desarrollar este rol.

La directora del Centro de Mediación cuenta que "la función no estaba instaurada y de hecho a nosotros, los primeros mediadores, nos tocó instalar este sistema ante nuestros colegas", una tarea en la que todavía hay que seguir trabajando.

"Lo que sucede es que el abogado está formado para juicios, no para delimitar cuál es el objeto de su reclamo, por ejemplo, frente a su propio cliente", expone María José González.

Y dice: "no es lo mismo mandar una carta documento que decir las cosas en la cara. Eso es lo novedoso de este sistema de mediación prejudicial. Y, como toda novedad, genera reticencias".


Pacificar, de eso se trata

¿Si la mediación resulta, en la práctica, una buena instancia? Las estadísticas hablan por sí solas. "Los juzgados están colapsados de causas y pronto se probará que este mecanismo funciona. Las estadísticas nacionales (de acuerdo al Informe N° 78 del ex Ministro Aníbal Fernández), dan cuenta que el 40% de las causas comprometidas en Mediación no llegan a juicio", argumenta la abogada.

Y en territorio provincial las cifras muestran entre un 22 y un 30% de éxito, teniendo en cuenta que la actividad se instauró apenas hace poco más de dos meses.

"La mediación es un proceso flexible, tiende a pacificar", señala con entusiasmo la delegada ante la Comisión de Mediación del Colegio de Abogados de Provincia.

El rol del Mediador "es ser un facilitador de la comunicación entre las partes en conflicto, por eso decimos que la Mediación es una negociación asistida por un tercero neutral e imparcial", explica.

Esta instancia, "si bien de carácter obligatoria en algunas materias (básicamente en las de contenido patrimonial del fuero civil y comercial), se caracteriza por requerir la concurrencia de las personas en este proceso, ya que sólo en excepciones previstas por ley puede hacerlo mediante apoderado".

El proceso es asimismo voluntario (lo obligatorio es la concurrencia a la primera reunión) y confidencial (dentro y hacia afuera del proceso). "La regla es la autocomposición de las partes. Esto es, que por la asistencia letrada obligatoria y el desempeño del Mediador, las partes puedan arribar a una justa solución a su problema o conflicto".

Se busca "construir soluciones, a diferencia de lo que sucede en el proceso judicial, donde la misma es impuesta por la sentencia, y donde todo lo que una de las partes gana, la otra lo pierde", define la profesional.

Y expone que "en una mediación existe una propuesta de solución 'ganador-ganador', que puede ser elaborada por las propias partes en conflicto, lo cual es superador".

Por eso, para María José González "debe considerarse a la mediación como "una oportunidad". El mediador debe ser "creativo", define. Y explica que "cuando mejor predispuesto se está para trabajar, se pueden destrabar cuestiones que parecen imposibles".


Fuente: Edición del 29 de agosto de 2012, Diario El Popular


Última actualización: Domingo 23.09.12 - 18:46 hs.