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Lunes 16 de Noviembre de 2015. Ley 27201 Asignación Universal por Hijo en el Deporte. El Instituto de Derecho del Deporte comparte legislación de actualidad. El Instituto de Derecho del Deporte del Colegio de Abogados de Azul informa sobre la creación de la Ley 27201 sobre Asignación Universal por Hijo en el Deporte y comparte el texto de la nueva legislación. Se aprueba la creación de la Asignación Universal por Hijo en el Deporte. Se trata de un suplemento adicional por cada persona menor de edad o persona con discapacidad, que se encuentren comprendidos entre los 6 y dieciséis 16 años de edad y estén a cargo de los titulares de derecho que perciban la Asignación Universal por Hijo para Protección Social. El mismo será destinado al pago de la cuota de estímulo deportivo de los beneficiarios en asociaciones civiles deportivas. El monto de la prestación prevista será establecido por la Dirección Ejecutiva del Ente Nacional de Desarrollo Deportivo de acuerdo a los informes vinculantes que deberá remitir el Observatorio Nacional del Deporte y la Actividad FísiColegio de Abogados del Departamento Judicial de Azulsimismo, se dispone que la asignación prevista es incompatible con el cobro de becas y subsidios relacionados al deporte, por lo que podrán acceder a la misma los niños, niñas y adolescentes que no se encuentren incluidos en nóminas que perciban dichos beneficios. Se crea también el Programa Nacional de Empoderamiento de la Mujer en el Deporte, que tendrá como finalidad garantizar la igualdad, participación, inclusión, acceso y representación de las mujeres en todos los ámbitos y a todos los niveles de la comunidad deportiva. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial.  .

Ley 27201 Asignación Universal por Hijo en el Deporte

El Instituto de Derecho del Deporte comparte legislación de actualidad.

El Instituto de Derecho del Deporte del Colegio de Abogados de Azul informa sobre la creación de la Ley 27201 sobre Asignación Universal por Hijo en el Deporte y comparte el texto de la nueva legislación.

Se aprueba la creación de la Asignación Universal por Hijo en el Deporte. Se trata de un suplemento adicional por cada persona menor de edad o persona con discapacidad, que se encuentren comprendidos entre los 6 y dieciséis 16 años de edad y estén a cargo de los titulares de derecho que perciban la Asignación Universal por Hijo para Protección Social. El mismo será destinado al pago de la cuota de estímulo deportivo de los beneficiarios en asociaciones civiles deportivas. El monto de la prestación prevista será establecido por la Dirección Ejecutiva del Ente Nacional de Desarrollo Deportivo de acuerdo a los informes vinculantes que deberá remitir el Observatorio Nacional del Deporte y la Actividad Física.

Asimismo, se dispone que la asignación prevista es incompatible con el cobro de becas y subsidios relacionados al deporte, por lo que podrán acceder a la misma los niños, niñas y adolescentes que no se encuentren incluidos en nóminas que perciban dichos beneficios.

Se crea también el Programa Nacional de Empoderamiento de la Mujer en el Deporte, que tendrá como finalidad garantizar la igualdad, participación, inclusión, acceso y representación de las mujeres en todos los ámbitos y a todos los niveles de la comunidad deportiva.

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial.  


Última actualización: Viernes 18.12.15 - 14:07 hs.